Unidad de Medida y Actualización (UMA)

El 27 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sobre la desvinculación del salario mínimo como elemento de índice o referencia para fines ajenos al pago del trabajador por servicios subordinados, y se adopta la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La ley que se publica en el DOF indica que el valor actualizado de la UMA se calculará y determinará por el INEGI. A continuación se detalla toda la información importante que debes de saber sobre este cambio.

¿Qué es la UMA?

La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cantidad de pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanan de todas las anteriores.

¿Cuál es el valor de la UMA?

El INEGI publicará en el DOF, dentro de los primeros diez días del mes de enero de cada año, el valor diario, mensual y anual de la moneda nacional de la UMA y entrarán en vigor dichos valores el 1 de febrero del año que corresponda.

El valor inicial de la UMA fue $73.04, el cual es válido para el mes de enero. A partir del 1 de febrero del 2017 el valor de la UMA es de $75.49.

¿Por qué es importante conocer sobre la UMA?

Es de suma importancia estar familiarizado con este término, ya que ahora todo estará en función de la UMA, incluyendo las multas impuestas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Dicho en otras palabras, ahora todos los artículos en las leyes vigentes de México, que mencionen el término “veces el salario mínimo” deberán ser reemplazados por el término de Unidad de Medida y Actualización (UMA).

¿Qué cambios hay en los créditos INFONAVIT?

Los créditos ya otorgados seguirán valuados conforme al Salario Mínimo Vigente o a valor de pesos. Esto eventualmente va a cambiar en 2018, cuando el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) comience a otorgar los créditos en UMA, aún así, siempre tendremos el derecho de elegir si se desea pagar el crédito en salarios mínimos, UMA’s o pesos.

¿Qué pasa con la nómina?

El 31 de enero del 2017 el IMSS difundió a través de su página de Internet, la versión 3.4.8 del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), la cual ya contiene los ajustes para el cálculo de las cuotas obrero patronales con la UMA. Es importante considerar que de acuerdo con los criterios más recientes del IMSS, la UMA se deberá considerar para determinar las cuotas obrero patronales en lugar del Salario Mínimo General; por lo tanto, la última versión deberá ser utilizada para determinar las contribuciones de seguridad social del mes de enero.

Por otro lado, en el cálculo para determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), los sistemas de Nómina deberán adecuarse para utilizar el valor de la UMA a partir del 1 de febrero del 2017.

¿Qué beneficios existen con esta nueva ley?

Esta nueva ley será un beneficio para el contribuyente infractor y a su vez se podrá incrementar el salario mínimo a tasas más grandes sin provocar aumentos desmedidos en los créditos a la vivienda y la inflación, debido a que la UMA vigente a partir del 1 de febrero de 2017, será de $75.49 y siempre será menor al salario mínimo vigente, que en este caso para 2017 es de $80.04.