IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)
Se mantiene de la propuesta original:
- Un peso por cada litro a las bebidas saborizadas que contengan cualquier tipo de azúcares añadidas.
- Para los combustibles fósiles se acordó mantenerlo conforme a la iniciativa, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.
- Se grava con impuesto verde a la enajenación e importación de gasolinas y plaguicidas.
Con modificaciones:
- Tasa de 8% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica.
- Impuesto a los bienes internados bajo regímenes aduaneros de importación temporal.
- Se exenta a los tabacos labrados, hechos enteramente a mano.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
Se mantiene de la propuesta original:
- Gravamen de 10% a las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores.
- Se propone eliminar el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
- Cambia el Régimen de Consolidación Fiscal por uno de Integración.
- Tope a la deducción a la compra de automóviles, baja de 170,000 a 130,000 pesos.
Con modificaciones:
- La incorporación fiscal contempla contribuyentes con ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta 2’000,000 de pesos (la propuesta original era de 1’000,000).
- Tributarán a una tasa de 30% las personas físicas con ingresos hasta 500,000 pesos.
- Tasa de 32% a los ingresos superiores a 750,000 pesos.
- Tasa de 34% a los que obtengan ingresos por encima de 1’000,000 de pesos anuales.
- Tasa máxima de 35% a los que perciban ingresos superiores a 3’000,000 de pesos.
- La exención impositiva a casa-habitación se aplicará hasta montos de 700,000 Udis.
- Deducción de los vales de despensa sólo cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT
- Establece de 41 a 50% a las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Se mantiene de la propuesta original:
- Importaciones temporales por la industria maquiladora sin certificación.
- Transporte foráneo.
- Donaciones de bienes.
- Alimento procesado para mascotas, así como de las mismas mascotas.
- Chicles y gomas de mascar.
- Homologación de la tasa general del IVA de 16% para la zona fronteriza.
Se eliminaron:
- El arrendamiento de casa-habitación.
- A los intereses por créditos hipotecarios para adquisición, reparación o construcción de casa-habitación.
- La enajenación de inmuebles destinados a casa-habitación.
- La prestación de servicios educativos (colegiaturas) y los espectáculos públicos.