El día 31 de Mayo del 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en el Décimo Tercero Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3, que el 31 de diciembre del 2013 será el último día para poder emitir CFD.
Esto quiere decir que a partir del 1ro de enero del 2014 ya no se podrán emitir comprobantes fiscales mediante CFD, ni se podrá expedir simultáneamente CFD y CFDI. Por lo tanto, los contribuyentes que se encuentran emitiendo comprobantes fiscales por medios propios (CFD) deberán emigrar al CFDI antes de comenzar el siguiente año.
RESUMEN DE LOS PRINCIPALES CAMBIOS PARA CFD, CFDI Y CBB:
- Al primero de Enero del 2014 todos los contribuyentes que emitan comprobantes fiscales digitales o CFD, es obligatorio migrar a CFDI, (Desaparece la modalidad para emitir CFD)
- El CBB es permitido su uso únicamente para personas físicas o morales que no superen ingresos por $250,000 pesos durante un ejercicio fiscal, arriba de este monto es obligatorio el CFDI.
- Al iniciar operaciones, es obligatorio el uso de CFDI, el CBB no está permitido.
¿QUE IMPLICAN ESTOS CAMBIOS PARA CFD, CBB Y CFDI?
El principal propósito es tener mayor control y captación de ingresos por parte del SAT, puesto que al reducir el monto para emitir CFDI de $4,000,000 de pesos a $250,000.00 se obligara a gran parte de contribuyentes que no estaban obligados al CFDI a optar por esta modalidad.
Al emitir un CFDI el SAT se entera en tiempo real cual fue la cantidad real de ingresos, o cuando se cancela una factura. Ya no es posible emitir facturas post fechadas como se hacía anteriormente, un punto importante es que los sistemas de CFDI no son manipulables para cambiar la fecha de emisión de la factura o comprobante fiscal, solamente se tiene un margen de 72 horas para la emisión.
La principal ventaja del CFD es que los folios no tenían costo, únicamente se solicitaban al SAT y se adquiría el software necesario, esto beneficiaba mucho al contribuyente cuya cantidad de emisión de comprobantes fiscales es muy alta. Ahora se tendrán que contratar los folios con un PAC (Proveedor autorizado de certificación) y estos tendrán un costo.
Un punto importante es que únicamente se cuentan con 6 meses para migrar al CFDI, quienes estén obligados. Es necesario tener el conocimiento en relación a la factura electrónica y estar preparados para el uso del sistema y lo que se requiere para empezar a utilizarla.
Una de las ventajas del CFDI es que el SAT prometió que el cambio propiciara mayor rapidez en las devoluciones de impuestos.
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Silvia Perez |Mary Soto| Cecilio Garza | Desarrollo
buenas tardes, actualmente yo estoy facturando CFD, pero mis ingresos no superan los 250,000, podré facturar bajo el esquema CBB en lugar CFDI?
Saludos.
Es correcto, mientras que su facturación anul sea menos de $250000 usted podrá utilizar CBB
ESTOY EMITIENDO CBB, PUEDO EXPEDIR CFDI Y CBB SIMULTAMEAMENTE DE JUNIO A DICIEMBRE 2013 PARA PROBAR EL SISTEMA O SI EMITO UN CFDI, YA NO PODRE EMITIR CBB, SOLO CFDI ?
Si puede hacerlo, la restricción es para el siguiente año, solo tiene que hacer el trámite de solicitud de certificados para CFDI en la pagina del sat. Saludos!
“Al iniciar operaciones, es obligatorio el uso de CFDI, el CBB no está permitidO”
entonces todos los que inicien operaciones a partir del 2014 no podran solicitar CBB y por fuerza tendran que usar CFDI….si al pasar el año sus ingresos son menores a 250 000.00 podran cambiar a CBB o no pueden regresarse??
A partir del 2014 es obligatorio el CFDI, si usa ahorita CBB, en el 2014 lo puede seguir usando, pero siempre y cuando no rebase los 250,000 al momento que rebase esta cantidad al siguiente mes tiene que cambiar a CFDI.
Puede usar los 2 al mismo tiempo, siempre y cuando no rebase la cantidad del tope (4,000,000) en el 2013 y de 250,000 en el 2014. Saludos! Si requiere más información valla a http://www.vital.com.mx